El Tribunal de Luxemburgo frente a los Derechos Fundamentales
Marie-José Garot
19 de febrero, 2008
Algo se mueve en el Tribunal de Luxemburgo: os invito vivamente a leer las conclusiones del Abogado Miguel Maduro en el asunto Kadi que encontraréis adjuntas.
Brevemente, se trata de saber si un reglamento adoptado para dar ejecución a una serie de resoluciones de Naciones Unidas en materia de lucha contra el terrorismo se debe anular por no respectar los derechos fundamentales del señor Kadi, en particular el derecho a ser oído y a una protección judicial efectiva (entre otros motivos).
Las conclusiones de Miguel Maduro ponen al TJUE ante sus responsabilidades y le invitan a comportarse como un tribunal constitucional sin complejos, al aceptar controlar la legalidad de un reglamento de simple ejecución de resoluciones internacionales, a la luz en particular de toda su jurisprudencia sobre Derechos fundamentales. Si el TJUE decide por fin seguir las conclusiones propuestas, hará oír la voz de la Unión, una voz discordante en el marco internacional de lucha contra el terrorismo. Obviamente la sentencia afecta en principio solo al reglamento comunitario pero tendrá también consecuencias (que no llamaremos “políticas”…) en el marco internacional. ¿Cómo puede pedir Naciones Unidas a sus miembros que apliquen unas resoluciones que la Unión que integra a algunos de sus miembros más conspicuos indirectamente ha calificado de ilegal, por ir en contra de su concepción de los derechos fundamentales?
Finalmente, es de esperar que la Unión, a través del TJUE, y frente al Consejo y a la Comisión, afirmará y demostrará que el artículo 6 del TUE responde a una realidad y tiene verdadero contenido. El TJUE no tiene más remedio que seguir las conclusiones de su Abogado General si quiere afirmar que a pesar de todo e incluso ante un interés general como la seguridad internacional, “la Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respecto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y el Estado de derecho”.
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Se ha planteado a UE un debate jurídico que encuentro crucial, por un lado: ¿Qué prima más la seguridad internacional, la lucha contra el terrorismo o los derechos fundamentales de los individuos? y por otro,¿Puede la ONU obligar a cumplir unas medidas que UE declara nulas? Será muy interesante ver como resuelve el TJUE este dilema.
Comment by Isabel Garcés — February 26, 2008 @ 1:35 pm